Por los estatutos del Estado de la Florida, 489.127 la primera vez que se intente actividad sin la licencia respectiva la penalidad es de hasta 1 año en prisión y $1,000 de multa.
La segunda vez o subsecuentes veces, podría recibir cargos de tercer grado de felonía, castigable hasta 5 años en prisión y $5,000 de multa y podría tener que pagar los costos de investigación y todos los honorarios de abogados.
PRECAUCIÓN ⚠️
Típicamente, su póliza de seguro no protege a usted ni al trabajador si el trabajo…
Adicionalmente, las penalidades asociadas con cargos de contratista de construcción que NO TIENEN LICENCIA PARA CONSTRUIR
Por los estatutos del Estado de la Florida, 489.127 la primera vez que se intente…